El alquiler social en Eguesibar

OPINIÓN | Ramón Contreras López
Plataforma de personas Afectadas por la Hipotecas (PAH) de Eguesibar

En Navarra, en el año 2020, se aprecia un espectacular aumento de sentencias judiciales de arrendamientos urbanos, llegando a duplicar las producidas en el año anterior.

En septiembre de 2013, la Plataforma de personas Afectadas por las Hipotecas (PAH) de Eguesibar publicamos un dossier sobre el alquiler (se puede leer en https://labur.eus/ONd4O), donde alertábamos de la creciente problemática en torno al mercado residencial en alquiler, que cuenta con una amplia presencia en Sarriguren: 334 viviendas ubicadas en Plaza Ibia, Plaza Puerta de Badostain, calles Elizmendi, Bardenas Reales y Badostain. Se denunciaban toda una serie de irregularidades y vulneraciones del derecho a una vivienda digna.

Transcurridos casi diez años desde la publicación de aquel informe la situación, lejos de solucionarse, sigue estando presente e incluso agravándose, puesto que, por parte municipal, se ha hecho dejación de esta problemática y, hoy día, no existe ningún control ni datos sobre la actuación de la empresas promotoras sobre una parte significativa del vecindario.

Todo ello en un contexto general en Navarra en donde la demanda de vivienda protegida en régimen de alquiler es mayoritaria, llegando en la actualidad al 67% de solicitudes. Porcentaje cinco veces por encima de la demanda de compra.

De hecho, en el año 2013, se inicia en el conjunto del Estado español, la apertura de una nueva etapa alrededor del negocio de los alquileres, basada en quienes, azotados con mayor intensidad por la crisis financiera y por la fuerte subida de los intereses hipotecarios, se vieron obligados a recurrir al alquiler como única alternativa residencial.

El aumento de la demanda de vivienda en alquiler en un sistema de libre mercado neoliberal la convirtió en un apetitoso nicho de negocio para las promotoras, fondos de inversión y para inversores particulares. La rentabilidad del negocio se sitúa en un 4,5% anual, muy por encima de la rentabilidad de los fondos o de los mismos bonos del Estado. Al mismo tiempo, el móvil especulativo, aprovechando que la oferta es muy inferior a la demanda, propició que los precios del alquiler tuvieran una subida del 50% entre los años 2013 y 2019.

Este encarecimiento del alquiler tuvo efectos muy dañinos en quienes disponían de menor poder adquisitivo. Así en el año 2020 en el Estado español, el 61% de los hogares con ingresos anuales inferiores a 14.000 euros, destinaban más del 50% de sus ingresos al pago del alquiler.

Y, como consecuencia de todo ello, se produce el aumento de los desahucios que en Navarra, en el periodo 2008 a 2019, alcanza la cifra de casi un desahucio diario, siendo la mayoría de ellos por impago de alquileres.

Las medidas gubernamentales adoptadas por el gobierno de Pedro Sánchez en los años 2019 y 2020, junto con el Programa Foral de Deducciones para el acceso a la vivienda y el de ayuda a la emancipación de personas jóvenes en Navarra, lograron frenar temporalmente los desahucios.

Pero se trató de un aplazamiento del problema a costa de financiar con dinero público a las promotoras, sin que estas medidas parches hayan supuesto una solución definitiva al derecho a una vivienda digna.

A pesar de las medidas gubernamentales, los precios del alquiler no han dejado de subir, y entre el año 2020 y el primer trimestre de 2021, se han dado más de 40.360 desahucios en todo el Estado, siendo mayoritarios los debidos a impagos de alquileres.

En Navarra, en el año 2020, se aprecia un espectacular aumento de sentencias judiciales de arrendamientos urbanos, llegando a duplicar las producidas en el año anterior.

El número de lanzamientos practicados en Navarra en el segundo trimestre de 2022 (68) ha sido un 6,3% mayor que en el mismo trimestre de 2021 (64). Y de abril a junio de 2022 se han registrado 55 lanzamientos por alquiler.

La tendencia es que la situación va a ir empeorando. La fuerte inflación con la consiguiente perdida de poder adquisitivo, la subida de los alimentos y de la energía, ilustran una crisis sistémica y global que golpea a las sectores más depauperados.

Familias y personas con bajos ingresos están excluidas del acceso a una hipoteca y también tienen serias dificultades para hacer frente a los precios del alquiler impuestos por el mercado.

Esta situación de crisis tiene su reflejo en Eguesibar, y el problema es que socialmente no estamos preparados para afrontarla.

En primer lugar, por el desconocimiento y la falta absoluta de datos de la situación del alquiler protegido en la localidad. La inexistencia de datos sobre el nivel de desahucios que se vienen dando en nuestro entorno es alarmante. Ni de los desahucios judiciales, ni muchos menos de los desahucios silenciosos que las empresas propietarias realizan.

Por lo que la primera medida que el ayuntamiento debería adoptar es la creación de una oficina municipal de observación de la vivienda de alquiler. Una oficina en donde se propicie la colaboración ciudadana, de asociaciones vecinales y sociales, comunidades de viviendas en alquiler…

El error que comete el ayuntamiento es incluir la problemática del alquiler en las áreas de los Servicios Sociales, reduciendo de esta manera el problema a prácticas individualizadas de ayudas o subvenciones. Cuando de lo que se trata es de garantizar el derecho que toda persona tiene a una vivienda en condiciones, por lo que debería estar incluida en el área de urbanismo y vivienda.

En segundo lugar, es necesario generar un sector público de vivienda capaz de incidir en la gestión inmobiliaria. Eso compete sobre todo al Gobierno de Navarra, pero no exclusivamente, los ayuntamientos, sobre todo los grandes, como es el caso de Eguesibar, deben dar pasos para ir dotándose de un parque municipal de vivienda de alquiler protegido, con precios y condiciones que rompan la férrea dictadura del mercado.

También hay que seguir confrontando con los desahucios, los cortes de suministros, adoptar medidas contra la vivienda desocupada, conseguir que los precios de los alquileres se establezcan en función de las rentas de las personas inquilinas (no superando la tercera parte de los ingresos) y no los del mercado, y, sobre todo, potenciar la autoorganización comunitaria que garantice voz y protagonismo a los sectores más dañados por la crisis.

Estos son algunos de los retos a los que la administración municipal va a hacer frente en los próximos años, por lo que exigimos que en los programas de las formaciones que se presenten a las próximas elecciones municipales en Eguesibar, se contemple los instrumentos necesarios para ayudar a hacer efectivo el derecho de todas las personas a una vivienda digna.

GUIA SOBRE MULTAS DE RADAS MOVIL EN SARRIGUREN

INTRODUCCION:
Sobre la instalación de radares móviles por los ayuntamientos.

En primer lugar, queremos dejar claro que este documento responde a una determinada práctica municipal sobre el uso de radares móviles. Como asociación vecinal somos partidario, en primer lugar, de las medidas tendentes a la reducción del uso del automóvil privado y al fomento del uso del transporte público y del no contaminante como la bicicleta, y en segundo lugar del control de la velocidad de los vehículos en los cascos urbanos de nuestro municipio y de las medidas administrativas que ayudan a preservar la seguridad de la población en nuestras calles.

Estamos por que se respeten las señales de regulación del tráfico rodado y por la responsabilidad de las personas conductoras de vehículos.

Pero ello no obsta para que hagamos esta guía orientativa ante lo que consideramos una abusiva actuación municipal.

Cada vez más se da el caso de la puesta en marcha en muchos ayuntamientos de un sistema de control de velocidad de tráfico por medio de radares instalados en coches camuflados.

Esto puede tener algún sentido en ayuntamientos pequeños que no disponen de policía municipal y que tienen una problemática grave al ser atravesados por carreteras con abundante paso de vehículos. Y tiene menos sentido en grandes localidades que disponen de policía municipal propia.

El sistema de multas por radares móviles es una perversión y una mala práctica administrativa.

Consiste en contratar a una empresa privada que dispone de un radar homologado y verificado periódicamente que lo camufla en un vehículo particular y que coloca en lugares diferentes para detectar infracciones por exceso de velocidad que queda reflejado en una fotografía del momento.

Pero eso no es todo, la empresa no se limita al documento gráfico de infracciones por exceso de velocidad, sino que se encarga de toda la tramitación administrativa de los expedientes sancionadores: recabar los datos del vehículo y de la persona titular; elaborar y notificar el boletín de denuncia; incluyendo la contestación a las posibles alegaciones y recursos que puedan presentarse.

Y eso sin que al ayuntamiento le cueste un euro, pues la empresa privada cobra un porcentaje sobre las multas cobradas. Y en esto consiste una mala práctica administrativa pues la función sancionadora de la administración no puede ser delegada en una empresa privada, y lo que se hace es un paripé, apareciendo el jefe de la policía como instructor y la alcaldesa como el órgano sancionador, cuando en la realidad no intervienen para nada, ni siquiera los servicios jurídicos municipales en los casos de recursos, siendo la empresa privada la que hace todo.

Esto es, como ya se ha dicho, una perversión administrativa por parte del ayuntamiento que crea una apariencia de actuación de órganos municipales cuando en realidad lo hace toda una empresa privada que no es administración. Y cuyos honorarios salen de las multas impuestas, por lo que buscará poner cuantas más mejor.

Así la instalación de redar móvil en Sarriguren se ha hecho sin campaña anunciadora previa a la población, y sin un periodo de prueba en el que se avisase a las personas conductoras a las que se ha detectado exceso de velocidad de que a partir de una fecha se procedería a sancionar. Además, el ayuntamiento ha manifestado que no quería informar previamente a la ciudadanía.

Con lo cual el objetivo de una actuación administrativa tendente a solucionar el problema del exceso de velocidad en determinadas zonas y que pasa por la concienciación ciudadana, se sustituye por el objetivo predominante de multar para que una empresa privada y el ayuntamiento ingresen dinero.

Existen otros medios para reducir velocidad viaria, como la instalación de semáforos de pulsación manual, pasos peatonales elevados, presencia de policía municipal…, pero todo lo que requiere esfuerzo e inversión desaparece ante este chollo para el ayuntamiento que es contratar con una empresa privada que les hace un trabajo sustitutivo del que debería hacer la policía municipal y los servicios jurídicos municipales, camuflándolo bajo una apariencia de actuación administrativa cuando tal actuación no se produce en realidad.

Esto es denunciable socialmente, pero desgraciadamente no ante los tribunales que permiten esta práctica viciosa que, a pesar de ser conocida, no ha sido objeto de la actuación judicial que se merece por tratarse de una clara corruptela administrativa.

Esto es un punto de partida para una actuación ciudadana frente a esta práctica municipal. Ahora vamos a dar algunas orientaciones para que las personas que han sido objeto de sanción tengan más elementos de juicio y de conocimiento para poder responder también a nivel jurídico.

Para poder leer el documento completo descárgalo aquí:

SARRIGURENGO RADAR MUGIKORREKO ISUNEI BURUZKO GIDA

Udalek radar mugikorrak paratzeari buruz.

Lehenik eta behin, argi utzi nahi dugu dokumentu honek erantzun nahi diela radar mugikorren erabiltzeaz udalek egiten duten zenbait jarduni. Auzo elkartea garen aldetik, lehenik, automobil pribatuen erabilera murrizteko neurrien aldekoak gara, bai eta garraio publikoa eta ez kutsatzailea (bizikleta, kasu) sustatzekoen aldekoak. Bigarrenik, gure udalerriko herri-guneetan ibilgailuen abiadura kontrolaren eta gure karriketan bizilagunen segurtasuna begiratzen laguntzen duten neurri administratiboen alde egiten dugu.

Ibilgailuen zirkulazioa arautzeko seinaleak errespetatzea eta ibilgailuetako gidariek erantzukizuna izatea nahi dugu.

Baina hori ez da eragozpena gida orientatzaile hau egiteko, udal jardun gehiegizkotzat hartzen dugunaren aurrean.

Gero eta maizago, udalerri aunitzetan, trafikoaren abiadura kontrolatzeko sistemak ari dira paratzen, auto kamuflatuetan jarritako radarren bitartez.

Horrek zentzua izan dezake udalerri txikietan, udaltzaingorik ez dutenak, baina bai, ordea, arazo larriak jasaten dituztenak udalerria ibilgailu ugariko errepideak zeharkatzen duelako. Eta zentzu gutxiago izaten du berezko udaltzaingoa duten herri-gune handietan.

Radar mugikorren bidezko isuna sistema gaiztotasuna da, bai eta jardun administratibo okerra ere.

Honetan datza: enpresa pribatu bat kontratatzea, zeinak radar homologatu bat, aldian-aldian egiaztatua, baitu. Enpresa horrek ibilgailu partikular batean ezkutatzen du eta toki ezberdinetan kokatzen, abiadura gehiegia hautemateko eta hori unean-uneko argazki batean islaturik gelditzen da.

Baina hori ez da dena. Enpresa ez da mugatzen abiadura gehiegiagatiko arau hausteetako dokumentu grafikoa egitera; horretaz gain, zigor espedienteen izapide administratibo osoaz arduratzen da: ibilgailuko eta titularraren datu guztiak lortu; isun buletina egin eta jakinarazi eta aurkezten ahal diren alegazio eta errekurtsoei erantzuna ematea.

Eta hori udalari ez zaio ezta euro bat ere kostatzen, enpresak ordaindutako isunen gaineko portzentaje bat kobratzen baitu. Eta horretan dago jardun administratibo okerra, administrazioaren eginkizun zigortzailea ezin baita enpresa pribatu baten esku utzi. Plantak egitea, bertzerik ez dute egiten: polizia-burua instruktore gisa eta alkate andrea zigor-organo gisa agertzen dira, egiazki ez dutenean ezertan parte hartzen, ez haiek, ezta udal zerbitzu juridikoek ere errekurtsoen kasuetan. Enpresa pribatua da dena egiten duena.

Arestian erran bezala, gaiztotasun administratiboa da udalaren aldetik, udal organoen jardun itxura sortzen baitu, errealitatea izaki enpresa pribatu batek, administrazioa ez denak, guztia egiten duela. Gainera, horren ordainsariak ezarritako isunetik ateratzen direnez, zenbat eta isun gehiago paratu, hobe harendako.

Radar mugikorra Sarrigurenen paratzea populazioari aldez aurretik iragarri gabe egin da, proba aldirik gabe, zeinean abiadura gehiegiarekin atzemandako gidariei ohartarazi behar zitzaien egun batetik aitzina zigortuak izanen zirela. Gainera, udalak adierazi du herritarrak aldez aurretik ez zituela informatu nahi.

Honela, zenbait zonatako abiadura gehiegiaren arazoa konpontzeko jardun administratibo baten helburua, herritarren kontzientziatzetik pasatzen dena, isunak paratzeko helburu nagusiak ordeztu du, enpresa pribatu batek eta udalak dirua bildu dezaten.

Bideetako abiadura murrizteko badira beste baliabide batzuk: esku-sakaldiko semaforoak, oinezkoendako pasabide goitituak, udaltzainen presentzia… baina ahalegina eta inbertsioa eskatzen dituen oro desagertu da udalarendako pagotxa honen aurrean: udaltzaingoaren eta udal zerbitzu juridikoek egin beharreko lana enpresa pribatu bati kontratatzea, hura ordeztuz, eta jardun administratiboaren itxurapean ezkutatzea, egiazki jardun hori gauzatzen ez denean.

Hau guztia maila sozialean salatu daiteke, ez ordea auzitegietan, biziozko jardun hori, ezaguna izan arren, ustelkeria administratibo garbia izanagatik merezi duen jardun judizialaren helburu ez baita izan.

Hau da herritarren jarduna udal praktika horren aurrean abiatzeko puntu bat. Ondoren, jarraibide batzuk emanen ditugu, isuna jaso dutenek iritzi eta ezagutza elementu gehiago izan ditzaten, maila juridikoan ere erantzuteko.

+ Dokumetu guztia irakurri eta deskargatzeko hemen:

MORATORIA PARA TODOS LOS PROYECTOS DE POLIGONOS INDUSTRIALES EOLICOS Y SOLARES EN NAVARRA

Cuando en el mes de marzo de 2020, se presentaron los documentos iniciales de los cinco proyectos de instalaciones eólicas, promovidos por Sacyr Concesiones S. L. U., ubicándose los aerogeneradores en los términos municipales de Juslapeña, Odieta, Ezcabarte, Olaibar, Esteribar, Valle de Egüés, Lizoain y Erro, y afectando una de las líneas de evacuación a los términos municipales de Olaibar, Ezcabarte, Juslapeña, Berrioplano y Orkoien, y la otra a los municipios de Esteribar, Valle de Egüés, Aranguren y Galar. Algunos ayuntamientos y concejos afectados, así como asociaciones y colectivos vecinales denunciamos los graves impactos que tales proyectos conllevan para el medio ambiente, la bio diversidad, el suelo, la fauna y flora y para las personas. En Egüés se revitalizó la plataforma ciudadana “Eguesibar zain dezagun” y en el conjunto de pueblos y valles afectados la plataforma “Haize berriak”.

Con fecha 2 de noviembre de 2020, por parte de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, se ha emitido informe de alcance sobre los documentos previos presentados por la promotora. Donde se viene a ratificar las apreciaciones que los colectivos sociales y entidades locales hicimos en su momento sobre las importantes afecciones ambientales y paisajísticas que suponen esos proyectos.

El informe señala, entre otras cuestiones, que en la zona de actuación existen varios hábitats catalogados de interés comunitario según la Directiva 92/46/CEEque podrían verse significativamente perjudicados por las obras necesarias para el montaje y funcionamiento del parque.

Igualmente dice que los proyectos afectan a montes catalogados de utilidad pública de Navarra. Reseña que la ubicación de los generadores en cimas y pendientes rocosascondiciona seriamente la viabilidad ambiental de los proyectos, así como que todos los aerogeneradores se situarían en suelo catalogado en el POT-3 como suelo no urbanizable de protección por su valor ambiental por conectividad territorial.

Destaca que, en muchos de los aerogeneradores propuestos, la afección ocasionada con la destrucción de la topografía natural y la instalación de los aerogeneradores, conllevarían un impacto paisajístico, ecológico y social de especial relevancia, que podría condicionar seriamente la viabilidad de los proyectos. Añade, que muchos de los molinos propuestos se ubicarían dentro de zonas calificadas como no aptas para la acogida de eólicos, y otros dentro de zonas con limitaciones ambientales según el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030. Incide en la cercanía de los aerogeneradores a numerosos núcleos de población y la afección acústica en los mismos, cuestión que no puede ser subsanada.

Concluye el informe con la valoración de que los impactos ocasionados por los parques eólicos y sus infraestructuras de evacuación pueden ser importantes y por tanto pueden condicionar seriamente la viabilidad ambiental de los proyectos planteados.

Por todo ello consideramos que este informe avala nuestras posiciones críticas a los proyectos presentados por Sacyr, y refuerza la oposición ciudadana a estas instalaciones, por las graves e importantes afecciones medio ambientales y paisajísticas que comportan y la imposibilidad de que puedan ser subsanadas.

Proyectos como los de Sacyr, ya sean eólicos o solares, están proliferando como moscas por todos los rincones de Navarra, y ello no responde a una planificación estructurada de generación de energías, aunque sean renovables, sino a un modelo irracional de iniciativa privada que se basa en la búsqueda de la rentabilidad y el beneficio sin reparar en el irreparable daño que se hace al medio ambiente, a la naturaleza y a las personas.

Este modelo ha devenido obsoleto. Las instalaciones a gran escala de renovables promovidas por grandes inversores no está suponiendo beneficio alguno ni para los consumidores o el sistema eléctrico, ni ayuda a combatir el cambio climático, ni reduce las emisiones de gases de efecto invernadero que siguen creciendo, porque no son sostenibles. Conseguir los objetivos de reducción de emisiones de efecto invernadero, no depende de instalar grandes infraestructuras eólicas o solares, sino de cambiar a un modelo energético basado, no en la rentabilidad empresarial, sino en la integración del consumidor como agente activo, creando comunidades ciudadanas de energías renovables, microrredes, autoconsumo, etc.

La Comunidad Foral de Navarra tiene que trasponer a su normativa la Directiva de la Unión Europea 2019/944, sobre el mercado interior de la electricidad, y ello supondrá un cambio espectacular del modelo energético convencional al situar en el centro del sistema eléctrico a las personas consumidoras activas y la gestión eficaz de la demanda. Todo lo contrario de lo que significa el modelo rentista de renovables al que responden la totalidad de los proyectos presentados.

En Navarra es necesario poner en pie un Plan que garantice una Transición Ecológica Justa y Democrática, para reducir las emisiones tóxicas, pero sin que ello conlleve la destrucción de nuestro territorio. Este Plan requiere la puesta en marcha de un debate ciudadano que posibilite el ejercicio de la soberanía energética de la Comunidad Foral.

Por todo ello no podemos dejar que, mientras se adapta la normativa europea y se elabora una planificación democrática de generación y distribución de energía, se vaya ocupando nuestro territorio de polígonos industriales eólicos y de macro instalaciones solares. Por lo que el gobierno de Navarra debe aprobar urgentemente una moratoria de todos los proyectos de instalaciones industriales eólicas y solares previstas en Navarra, aunque estén en proceso de autorización.

Ramón Contreras López

Asociación vecinal URBI del Valle de Egüés (integrante de las plataformas Eguesibar Zain Dezagun y de Haize Berriak)

EGUESIBAR-LIZOAIN-ESTERIBAR HARANETAN PARKE EOLIKO BAT JARTZEAREN AURKAKO JARRERA.

nueve-valles
MOTIBAZIOA

Sacyr enpresak Iruñerriko iparraldean 5 parke eoliko eraikitzeko aurkeztutako proiektuen aurrean. Guztira 56 aerosorgailuk osatzen dute, bakoitzak 4 MW-ko potentzia elektrikoa du, eta guztira 224 MW izango lirateke.

Odieta, Juslapeña, Ezcabarte, Olaibar, Anue, Esteribar, Eguesibar, Lizoain eta Erro bailarako udalerrietan ezarriko ziren, haran horiek banatzen dituzten mendien gailurrak aprobetxatuz.

Inpaktu larriak eragingo lituzkete pagadietan, hariztietan, erkameztietan, pinudietan eta bestelako baso-formazio mistoetan, bai eta espezie babestu ugari dituzten ekosistemetan ere, hala animalietan nola landareetan. Gune horietako mendi enblematikoak kaltetuko lirateke, hala nola Mendurro, Aldaun, Txapardi, Ortxikasko, Arromendi, Elixato, Ilurdotz, Lakarri edo Measkoiz. Eta paisaia babestuak, hala nola Egulbati jaurerriarena eta Eliako Kontzejuarena, biak Eguesibar haranean.

Eguesibar haranak berariaz babestu du haranaren iparraldeko zona horretako paisaia. Habitaten mosaikoa da, baso-larreetakoa, ondo kontserbatutako ibaiertzeko basoa duena, eta bere multzoak balio natural handia du.

Era berean, espazio horien erabileraren aisialdi-erabilera eta erabilera osasungarria babestu nahi izan da, balio handiko paisaia-giroan eta giro lasaian oinez edo bizikletaz paseatzeko leku egokiak izanik, Iruñeko arroaren barruan aisialdirako leku osasungarria, segurua eta egokia izanik, espazio horietan ibilgailu motordunak erabiltzea debekatzen baita. Abeltzaintzaren erabilera estentsiboa berreskuratu da espazio horiek mantentzeko.

Kudeaketa-tresnetan adierazitako espazio horien etorkizuna erabilera tradizionalari eta aisialdiko erabilera osasungarriari lotuta dago, espazioak eta espezieak kontserbatu eta hobetuz. Parke eoliko baten bidez ingurune naturala industrializatzeak jarduera industriala eta motordun ibilgailuen erabilera sartzen ditu espazio horietan, eta bide estuen “paisaiarekin” (gehienez 3 metro) talka egiten du, 200 metroko molde handiekin eta eremu horretako espezie enblematikoekin (adibidez, arrano erreala). Sacyrrek atariko txostenean adierazten du paisaiaren gaineko eragina ezin dela zuzendu.

Sacyrrek atariko txostenean aztertutako aukera guztien artean, Nafarroako parke eoliko honek adierazten du ingurumenean eragin handiena duela, gehieneko kategoriarekin. Gainera, adierazi du inpaktu horiek ezin direla zuzendu, baina azpiegiturak muntatzeko erraztasuna dagoela, eta, ondorioz, gomendagarria dela. Baina oker dago pertsonen gaineko afekzioan, espazio horiek milaka pertsonak erabiltzen baitituzte Lakarrira egiten dituzten ibilaldietan edo gure herrietan, modu osasungarri eta lasaian, paisaiarekin bat eginez. Eta potentzialak dira askoz gehiagorentzat, Iruñetik eta inguruko nukleo handietatik kilometro gutxira baitaude. Gure natura-ingurunearen eta gure paisaiaren kontserbazioa, gandor horietan berariaz babestua, ezin da justifikatu muntatzeko eta industria-garapenerako erraztasunean, gure natura-baliabideak Estatuan negozioa egiteko baliatu nahi dituen enpresa pribatu batentzat. Are gehiago, inpaktu horiek ezin izango dira zuzendu.

Horregatik guztiagatik:

1. Egues ibarreko Urbi auzo elkartea industria-garapen eolikoa ezartzearen aurka agertu da natura-gune babestuetan eta paisaia horren mantenua eta kontserbazioa bermatzen duten babes-bandetan, eta, zehazkiago, Sacyr enpresak aurkeztutako Nafarroa 3 parke eolikoan.

2. Erabaki horren berri ematea Eguesko, Lizoaingo eta Esteribarko udalei, Nafarroako Gobernuko Ingurumen eta Landa Garapeneko Departamentuari eta Sacyr enpresari.

Bideoa

VECINOS Y COLECTIVOS PRESENTAN EN EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL ALEGACIONES A LOS PROYECTOS PARA CONSTRUIR CINCO PARQUES EÓLICOS

Las siguientes entidades o asociaciones son contrarias a la instalación de
aerogeneradores en el Valle de Egüés y así lo han transmitido a la presidencia
del Concejo de Elía.

Asociación URBI AUZO ELKARTEA del Valle de Egués
Asociación de cazadores del Valle de Egüés
Asociación de cazadores del valle de Lizoain
Asociación de cazadores Pacharandi del valle de Esteribar, coto nº 10204,
Asociación de cazadores de Navarra, ADECANA

> Documento en PDF Consideraciones previas

Eguesibar denuncia la imposición de un macro parque eólico

[ahotsa.info] La plataforma ciudadana compuesta por concejos y diversas asociaciones del Valle de Egüés considera que la realización de este macro proyecto resultaría contraproducente para los valores ambientales y sociales del valle. Consideran que no se han analizado adecuadamente los impactos ambientales y que un exhaustivo análisis determinaría la imposibilidad de imponer este macro proyecto vinculado al conocido empresario madrileño Florentino Pérez. (leer+)

Nueve valles contra la instalación de 56 molinos en sus montes

[Noticias de Navarra] El acceso al departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra amaneció ayer repleto de pancartas. Las sostenían vecinos de Esteribar y del Valle de Erro, de Anué, Ezcabarte y Odieta. De Egüés, Juslapeña, Lizoáin y de Olaibar. A todos los valles les afectan los proyectos –en fase inicial– de cinco parques eólicos promovidos por Sacyr Concesiones SLU y compuestos por un total de 56 aerogeneradores. Ayer terminaba el plazo para presentar al departamento consideraciones previas, y allí las presentaron a título personal, como representantes municipales o concejiles o como miembros de asociaciones vecinales, convocados por la plataforma Salvemos Eguesibar Zain dezagun. (leer+)

 

 

Concentracion / Elkarretaratzea

𝗚𝗨𝗥𝗘 𝗣𝗔𝗜𝗦𝗔𝗜 𝗕𝗔𝗕𝗘𝗦𝗧𝗨𝗘𝗧𝗔𝗡 𝗜𝗡𝗗𝗨𝗦𝗧𝗥𝗜𝗔𝗟𝗗𝗘 𝗘𝗢𝗟𝗜𝗞𝗢𝗔𝗞 𝗜𝗡𝗦𝗧𝗔𝗟𝗔𝗧𝗭𝗘𝗔𝗥𝗜 𝗘𝗭!

Datorren astean, abuztuaren 6an, osteguna, elkarretaratzea deitu dugu 10:30ean, Ingurumen eta Landa Garapeneko Departamentuan (Gonzalez Tablas kalea, 9), gure iradokizunak eta gomendioak Sacyr eraikuntza-enpresak gauzatu behar duen IIEari, gure bailarako gune naturaletan egingo duten parke eolikoari buruzkoari, ematearekin batera. Horregatik, haraneko kontzejuetako bizilagun guztiak gonbidatzen zaituztegu bertan parte hartzera eta gure ingurune naturala eta paisaia babesteko lanean jarraitzera. Kartela eransten dizuegu zabaltzeko.

!𝗡𝗢 𝗔 𝗟𝗔 𝗜𝗡𝗦𝗧𝗔𝗟𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗗𝗘 𝗣𝗢𝗟Í𝗚𝗢𝗡𝗢𝗦 𝗜𝗡𝗗𝗨𝗦𝗧𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗘Ó𝗟𝗜𝗖𝗢𝗦 𝗘𝗡 𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗢𝗦 𝗘𝗦𝗣𝗔𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗡𝗔𝗧𝗨𝗥𝗔𝗟𝗘𝗦!

La próxima semana, jueves 6 de agosto, hemos convocado una concentración a las 10:30 en el Departamento de medio ambiente y Desarrollo Rural (c/Gonzalez Tablas, 9) coincidiendo con la entrega de nuestras sugerencias y recomendaciones a la EIA que tiene que ejecutar la empresa constructora SACYR relativo al parque eólico que van a ejecutar en los espacios naturales de nuestro valle. Por ello os invitamos a todas las vecinas y vecinos de los Concejos del Valle a participar en la misma y seguir trabajando en la defensa de nuestro medio natural y paisaje. Os adjuntamos el cartel para darle difusión.

Microsoft PowerPoint - cartel concentracion 2.pptx

NO AL PROYECTO DE INSTALACIÓN DE POLIGONO INDUSTRIAL EOLICO EN EGUESIBAR

Sacyr Concesiones S.L., una de las empresas más importantes en gestión de infraestructuras, ha presentado proyectos para construir cinco polígonos industriales eólicos ubicados en el norte de la Cuenca de Pamplona. En total serían 56 aerogeneradores instalados en las crestas de los montes de las localidades de Odieta, Juslapeña, Ezkabarte, Olaibar, Anue, Esteribar, Valle de Egüés, Lizoain y Valle de Erro.

El denominado “parque eólico Navarra 3”, afectaría a los términos municipales de Esteribar, Valle de Egüés y Lizoain, con la instalación de 12 aerogeneradores, de los cuales 3 en el Valle de Egüés en zonas protegida como Egulbati y Lakarri, y en las proximidades de localidades como Elía, Sagaseta, Echálaz, Egüés, Elcano, Ibiricu y Alzuza.

El Valle de Egüés ha venido manteniendo una actitud respetuosa con su medio natural y paisajístico, protegiendo como espacio Egulbati, y manteniendo libre de la voracidad urbanizadora localidades como Elía o Sagaseta. Ha puesto en valor el uso extensivo de la ganadería, así como la protección de esos espacios como zonas de esparcimiento saludables, prohibiendo el uso de vehículos a motor. Estas zonas constituyen un tesoro patrimonial para toda la población en general y en especial para la de Eguesibar.

El proyecto de Sacyr significa la ruptura del contenido actual de esos espacios y un menoscabo del derecho de las personas a disfrutar de un paisaje y de una naturaleza preservada, al introducir una actividad industrial (de ahí la denominación que hemos hecho de polígonos industriales eólicos). Pues de eso trata la instalación de enormes generadores ocupando grandes espacios físicos, con los necesarios accesos rodados para vehículos, que conllevan una afección al paisaje, a la fauna, sobre todo de aves, y al uso social del espacio, así como al vecindario de las localidades próximas, imposible de corregir.

Por otra parte, es necesario cuestionar estas nuevas infraestructuras, no solo por el aspecto de las importantísimas afecciones medio ambientales y a las poblaciones que conllevan, sino también por su necesidad. Según el Plan Energético de 2018 en determinadas horas y días el 100 por 100 de la electricidad consumida en Navarra proviene de energías renovables, e incluso en unos 100 días al año se da un exceso de producción de electricidad renovable.

La energía eólica es inestable, pues unos días se produce en exceso y en otros no cubre las necesidades. Además, no se puede almacenar, por lo que cuando hay exceso se desperdicia. El actual parque de polígonos eólicos existentes en Navarra, sobre todo en la zona sur, suministra el 69,22 por 100 del consumo final que hacemos de electricidad. Una inversión más rentable que la nueva instalación de polígonos industriales eólicos, sería cambiar los generadores antiguos ya instalados por otros más pequeños y de mayor eficacia energética, pero eso no interesa.

La existencia de más polígonos no garantiza, dada su inestabilidad y dificultades para almacenar, que se utilice más electricidad pues en estos momentos ya se produce más de la que realmente podemos usar. Por lo que el exceso es para exportar o para otros proyectos (¿TAV?)

Y otro dato importante es que el 72,81 por 100 del consumo energético de Navarra (según estadísticas del año 2018) sigue proviniendo de combustibles fósiles. Es decir que la existencia de energías renovables sobre todo en consumo eléctrico no ha logrado bajar el alto índice de utilización de contaminantes fósiles.

Las soluciones no pasan por nuevas instalaciones energéticas, aunque sean renovables, sino por cambiar conductas de consumo y de vida, y sobre todo por liberarnos de la tiranía de las empresas que buscan incrementar sus beneficios introduciendo los ciclos naturales de la vida en las dinámicas financieras y comerciales, incrementado la explotación de los ecosistemas y de las personas.

Estamos inmersos en una grave crisis ecológica (de la que la pandemia producida por el COVID19 es una consecuencia) que marca los límites del crecimiento que el sistema capitalista no quiere ver. El insaciable y destructivo sistema económico capitalista busca obtener nuevos recursos para su crecimiento y acumulación y por ello pretende incluir a nuestro suelo, aire, bosques, agua, …en la lógica de mercado y promover nuevos procesos de financiación que llaman “economía verde”.

Por todo ello, estamos en contra de los proyectos presentados por Sacyr de nuevos polígonos industriales eólicos y hacemos un llamamiento a toda la ciudadanía de Navarra y en especial a la del Valle de Egüés, para que se organice y responda a este proyecto como en su día lo hizo al demencial Plan Urbanístico de 2011, creando la plataforma vecinal “Salvemos Eguesibar Zain dezagun”.


En nombre de la Asociación Vecinal del Valle de Egüés URBI Eguesibarko Auzo Elkartea – Ramón Contreras López

NEGOCIADO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE GOBIERNO DE NAVARRA

En el Boletín Oficial de Navarra número 201, de fecha 10 de octubre de 2019, se inserta anuncio de información pública del Estudio de Afecciones Ambientales del proyecto de Planta Fotovoltaica flotante en la Balsa de Ezkoriz en Zolina (Valle de Aranguren), promovido por Acciona Energía

Que, dentro del plazo establecido en el trámite de información pública abierto, la que suscribe formula las siguientes

ALEGACIONES
PRIMERA- Según lo establecido en el artículo 124 del R.D. 1955/2000, los proyectos de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica se someterán a evaluación de impacto ambiental cuando así lo exija la legislación aplicable en esta materia. A tales efectos, la información pública necesaria de acuerdo con la normativa anterior será llevada a cabo en la fase de autorización administrativa.
Igualmente, el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que la autorización administrativa previa de nueva instalación eléctrica se tramitará con documento técnico y juntamente con la evaluación de impacto ambiental, según lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.
En el presente caso, la autorización administrativa previa de nueva instalación eléctrica y el estudio de impacto ambiental no se han tramitado de forma correcta que, a tenor de los dispuesto en el citado artículo 124 del R.D. 1955/2000, debe tramitarse juntamente con la autorización administrativa.
Rompiéndose de esta forma, el contenido de conjunto de ambos expedientes y por lo tanto, dificultando su información pública y la participación ciudadana.
SEGUNDA- El proyecto presentado tiene, como el mismo estudio señala, un carácter experimental y demostrativo, lo que le convierte en provisional y transitorio. Aunque en ningún momento se concreta el periodo de funcionamiento de la instalación.
En la memoria se dice textualmente que este tipo de instalaciones conlleva, hoy por hoy
“numerosos interrogantes a resolver, entre ellos:
Particularidades de la construcción de una instalación flotante: sistema de fondeo, playa de montaje, diferentes tecnologías de flotación, etc.

Condiciones singulares de operación: productividad de la instalación, practicas diferenciadas de operación y mantenimiento.

Efectos reales de la integración en el embalse o balsa del sistema flotante, en las diversas condiciones de llenado reales experimentadas en un periodo de tiempo prolongado.

Interacción con la flora y fauna existentes, compatibilidad con los otros usos del embalse”

Estos interrogantes no encuentran respuestas en el Estudio de Afecciones presentado, comenzando por las diferentes alternativas de localización que se barajan.

La alternativa de ubicar el proyecto en la Balsa de Zolina, no ha tenido en cuenta ni el “Anteproyecto Mejora de Valores Ambientales Vaso de Zolina” elaborado por Gestión Ambiental de Navarra S.A., en el mes de marzo de 2016, cuya copia se adjunta como Anexo I. Ni el acuerdo suscrito por los Ayuntamientos de Aranguren y Valle de Egüés, cuya copia se adjunta como Anexo II.

De hecho, la decisión de situar el experimento en la Balsa Ezkoriz se ha tomado sin contar en absoluto con ninguno de los Ayuntamientos, y en contra de su decisión de llevar a cabo una actuación pública de mejora y restauración del entorno de la Balsa.

Existiendo otras zonas de embalses en donde las afecciones son menores, no se motiva ni se justifica que este experimento, con todas las dudas que genera, deba realizarse concretamente en la balsa de Zolina. Lugar que, como consta en la documentación aportada, debería estar especialmente protegido.

TERCERA- De los citados documentos aportados en estas alegaciones, se desprende claramente la importante incidencia que la instalación que se proyecta tiene en la flora y fauna, tal y como se señala en el documento suscrito por ambas entidades locales de donde extraemos los párrafos siguientes:

Esta voluntad rubricada por ambos Ayuntamientos y la clara intención de llevar a cabo una actuación pública en defensa del ecosistema de la balsa constituye la mejor alegación para no autorizar la instalación proyectada.
Por otra parte, el estudio de Impacto ambiental presentado minimiza las evidentes afecciones al ecosistema de la balsa y su entorno, aunque no tiene más remedio que reconocer que la instalación conlleva contaminación de las aguas, enmascarando esta constatación bajo el término “eutrofización”, sin que las medidas de subsanación propuestas tengan una incidencia en paliar esa contaminación admitida.
De hecho, todas las afecciones ambientales relacionadas, son calificadas por el Estudio como “insignificantes”, cuando la realidad es que la instalación de 600 módulos fotovoltaicos ocupando 10.000 metros cuadrados de balsa, más las instalaciones anexas, y el hormigonado al fondo de las instalaciones, comportan una evidente afección a la flora y fauna que existe, anida y usa la balsa como zona de descanso en sus migraciones, y al medio ambiente, no solo durante las emisiones en las obras sino por la propia instalación, ya que son a base de polietileno, material que desprende elementos cancerígenos y alquifenoles estrogénicos (bisfenol A).
CUARTA- El estudio no tiene en cuenta la posible afección por corrosión de los elementos metálicos de la estructura de la instalación debido a la salinidad de las aguas, que además de comportar una emisión contaminante de sustancias oxidas, reducen su eficacia y su vida útil.
Tampoco tiene en cuenta la disminución de la evaporación de la balsa por el efecto de las plataformas instaladas y las posibles consecuencias en aumento de la zona inundable, lo que comporta acumulación y descomposición de plantas, suelo y material orgánico que, como se ha demostrado en otras instalaciones flotantes, es un generador de emisiones de metano que contribuye al calentamiento global 21 veces más que el dióxido de carbono.

QUINTA- El proyecto afecta de forma permanente a 9.894 metros cuadrados de caminos, algunos de cañada real, lo que supone su expropiación, y para ello, según el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, se deberá declarar de utilidad pública. No consta que se haya procedido a dicha solicitud.
El proyecto incluye la edificación de nuevas instalaciones, para lo que es necesario la obtención de la preceptiva licencia, no obstante, en el expediente no consta proyecto detallado y suficiente de las edificaciones al objeto de obtener la autorización para su construcción.
Tanto la balsa, como los caminos y las instalaciones auxiliares, se encuentran en suelo no urbanizable, no constando las autorizaciones pertinentes para las edificaciones, e instalaciones que se proyectan.
SEXTA- Por otra parte, se establece una limitación de acceso de personas a la instalación, lo que contradice el interés público para que la balsa sea un elemento de disfrute para la población. Al mismo tiempo que se limita el acceso a personas, se habilita un acceso rodado para vehículos con zona de aparcamiento, lo que comporta una importante afección a la fauna de la balsa y su entorno, además de aumentar las emisiones contaminantes de monóxido de carbono.
También se dice que, una vez finalizada la vida útil de la Planta Fotovoltaica, se procederá a su desmantelamiento, para ello se realizarán las obras y labores necesarias para la adecuada retirada de las instalaciones y la recuperación y restauración del entorno. Lo que confirma que se trata de un proyecto experimental, con graves afecciones ambientales, que hará necesario proceder a la restauración del entorno. Pero no se cuantifica en cuanto tiempo se prevé la vida útil de la instalación y sobre todo como se restaurarán las cimentaciones en el fondo de la balsa, cuestión imposible de llevarse a efecto, por lo que las afecciones en ese sentido serán permanentes e imposibles de restaurar.

Existen importantes lagunas en cuanto a la real motivación del proyecto presentado. Por una parte, se plantea como temporal, aunque no se establece su periodo de funcionamiento, resultando extraño que una empresa privada invierta más de un millón de euros sin un estudio previo que garantice la recuperación de esa inversión e incluso la obtención de beneficio. Se desconoce el estudio de viabilidad que la empresa tiene sobre la instalación y su funcionamiento.

Resultando un proyecto temerario que carente de seguridad, dado su carácter experimental, produce unas consecuencias y afecciones ciertas a la flora y fauna que existe en la balsa, tal y como consta en los anexos que se adjuntan

Tampoco consta en el expediente el acuerdo entre la empresa promotora y la propiedad (POPUSA), y mucho nos tememos que detrás de todo ello se oculte, una vez más, una operación mercantil en donde el interés de la propiedad sea única y exclusivamente el obtener una rentabilidad de la balsa, a expensas y perjuicio de su indudable función ecológica y ambiental. Esto explicaría el nulo interés que la propiedad ha mostrado por conseguir que la balsa sea declarada elemento protegido, tal y como se señalaba en el anteproyecto de marzo de 2016.

Bajo la pátina de conseguir producción de energías renovables, que constituye un objetivo positivo, no se puede admitir que se quiera convertir una riqueza natural, como es la Balsa de Zolina, en mercancía. Resulta inadmisible la lógica del valor que promueve ante todo la explotación de la tierra, siendo insensibles a los propios límites que la naturaleza nos impone.

En resumen, ni el Estudio de Impacto Ambiental presentado, describe suficientemente las afecciones reales de la instalación, obviando unas y minimizando otras, ni las medidas paliativas planteadas solventa las graves afecciones al ecosistema que comporta el proyecto. Debiendo estar considerada la balsa de Zolina zona protegida, tal y como expresa la voluntad de los Ayuntamientos, cuestión incompatible con la propuesta promovida por una empresa privada.
Por todo lo expuesto,

SE SOLICITA que teniendo por presentado este escrito, se tengan por formuladas las alegaciones que constan en el mismo, con el objeto de que sean tenidas en cuenta en el procedimiento de referencia y especialmente en su resolución, denegando la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y de la instalación que se proyecta.

En Olaz a 13 de noviembre de 2019

LA ASOCIACIÓN VECINAL URBI AUZO ELKARTEA DE EGUESIBAR PRESENTA ALEGACIONES AL PROYECTO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA EN LA BALSA DE ZOLINA.

La Asociación Urbi del Valle de Egüés ha presentado alegaciones dentro del periodo de información pública, al proyecto de instalación solar fotovoltaica en la balsa de Zolina promovido por Acciona Energía, S.A.

Las alegaciones se fundamentan en la carencia de estudio de impacto ambiental del expediente presentado, lo que supone una deficiencia esencial ya que la instalación que se proyecta supone una evidente afección a la riqueza biológica que la balsa posee.

El proyecto afecta permanentemente a 9.894 metros cuadrados de caminos, algunos de cañada real, lo que implica su expropiación para lo que se debería haber solicitado la declaración de utilidad pública de la instalación, no constando tal solicitud.

En la misma memoria del expediente consta que el proyecto tiene numerosos interrogantes, entre otros:

  1. No está clara la utilidad de una instalación flotante

  2. El sistema de fondeo y playa de montaje

  3. Existen dudas sobre la interacción entre las tecnologías de flotación y la flora y fauna existentes, y la compatibilidad con los usos del embalse.

Por lo que el mismo proyecto se define como experimental y con resultados inciertos sobre todo en lo referente a elementos estructurales como es el hormigonado de la instalación al fondo de la balsa y las afecciones a la flora y fauna existentes.

Por último, la Asociación muestra sus dudas en cuanto a la real motivación del proyecto presentado, temiendo que se trate de una operación mercantil para sacar una rentabilidad económica a la balsa a expensas y perjuicio de su función ecológica y ambiental.

Por todo ello, la Asociación solicita del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Gobierno de Navarra que deniegue la autorización previa solicitada.